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sobre El Musel realizadas por el
Mikel
Irujo, de 37 años y doctorado en Derecho,
Preguntas parlamentarias
Las obras de ampliación del Puerto de El Musel (Gijón), fueron adjudicadas por 579,2 millones de euros a una unión temporal de empresas denominada Dique Torres. Las obras se iniciaron el 10 de febrero del 2005, día posterior a la firma del contrato. En noviembre de 2007, la junta del puerto y Dique Torres pactan una ampliación de 216,31 millones de euros justificándose en la falta de canteras que explotar, cuando no han comprado ni una piedra de las canteras que tenían previstas en el contrato. El 20 de noviembre de 2007 el consejo de administración aprueba el sobrecoste de las obras, y la Autoridad Portuaria solicita financiación suplementaria de la Unión Europea manifestando que es para una «segunda fase», ya que dichos fondos no pueden financiar sobrecostes. ¿Está al tanto la Comisión de que para sufragar el sobrecoste de las obras de ampliación se ha utilizado el Programa Operativo del Fondo de Cohesión? ¿Cuáles han sido los parámetros en los que se ha basado la Comisión para otorgar 248 millones de euros a este proyecto?
Preguntas parlamentarias El 20 de julio de 2004, las autoridades españolas presentaron una solicitud de cofinanciación del proyecto de ampliación del puerto de Gijón, cuyo coste total es de 450.000.000 euros. Dicha operación fue seleccionada por tratarse de un proyecto de interés común que se halla dentro del marco de lo dispuesto en la Decisión nº 1692/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de junio de 1996, por la que se aprueban las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte(1). Mediante la Decisión C(5057), de 13 de diciembre de 2004, la Comisión fijó una contribución del Fondo de Cohesión para dicho proyecto por valor de 247.500.000 euros. Con motivo de dicha aprobación, que tuvo lugar en el marco del período de programación del Fondo de Cohesión 2000-2006, la Comisión recibió de las autoridades nacionales algunos datos sobre el procedimiento de licitación relativo a dicho proyecto, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 10 del Reglamento (CE) nº 1164/94, por el que se crea el Fondo de Cohesión(2). A raíz de una denuncia, la Comisión está analizando actualmente la documentación relativa al sobrecoste de las obras de ampliación del puerto de Gijón, con objeto de evaluar si es conforme con las normas comunitarias en materia de contratación pública. En ese contexto, recientemente nuestros servicios han solicitado a las autoridades españolas información complementaria. Las autoridades españolas han pensado que ese sobrecoste podría cofinanciarse en el marco de un gran proyecto y, por esa razón, se halla en la lista indicativa del «programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)-Fondo de cohesión» español del período 2007-2013. Sin embargo, por el momento el Estado miembro no ha presentado ninguna solicitud oficial, de modo que la Comisión aún no ha aprobado ningún sobrecoste del proyecto mencionado.
Además, el 15 de octubre de 2008 se presentó otra denuncia —pendiente de resolución— ante la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) por las irregularidades detectadas en dicha obra, que acumula un sobrecoste del 43 % (con IVA incluido) sobre el presupuesto de licitación. El Estado español ha solicitado fondos dentro del programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)–Fondo de Cohesión para el periodo 2007-2013 destinados a la financiación del sobrecoste acumulado en la obra del puerto de El Musel, haciéndolo pasar por una segunda fase de la misma. ¿Tiene la Comisión previsto aprobar algún tipo de financiación para la obra del puerto de El Musel (Asturias) dentro del programa operativo del Fondo de Cohesión 2007-2013 teniendo en cuenta los hechos expuestos anteriormente?
Preguntas parlamentarias En el marco de dicho programa, la Comisión solo podrá aprobar las propuestas de las autoridades españolas referentes a las obras del puerto de Musel que se consideren conformes a las disposiciones de los tratados, a los actos adoptados en virtud de estos y a las políticas comunitarias, especialmente las referentes a la adjudicación de contratos públicos La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) confirma haber recibido la información a la que se refiere Su Señoría. Con arreglo a los procedimientos establecidos, se ha iniciado una evaluación.
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